Corte avala acuerdo para que ciertos titulares de TPS reciban la ‘green card’

Autor: Jorge Cancino
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FILE – In this Aug. 17, 2018, file photo, people arrive before the start of a naturalization ceremony at the U.S. Citizenship and Immigration Services Miami Field Office in Miami. (AP Photo/Wilfredo Lee, File)

Una corte del distrito de Columbia avaló un acuerdo judicial que permitirá a ciertos indocumentados titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS) que tienen una orden de deportación final y no son una prioridad de deportación, reabrir sus casos, solicitar que se desestime el procedimiento de expulsión y ajustar sus estatus migratorios a residencia permanente.

El acuerdo fue alcanzado tras una demanda interpuesta por el Centro de Recursos Centroamericanos (CARECEN) en contra de la directora de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), Ur Jaddou, y el secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas.

La corte dijo ambas partes en el proceso “creen que la liquidación” de la acción legal “es en el mejor interés y sirve mejor a los intereses del público”. Por lo tanto, estipulan que “el acuerdo constituye la resolución total y completa de las cuestiones planteadas por CARECEN en la demanda.

Qué dice el acuerdo

El acuerdo anunciado el martes, señala que, hasta el 19 de enero de 2025, “a menos que un individuo sea una prioridad de deportación”, la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) ejercerá su discreción procesal para “reabrir un caso y desestimar los procedimientos de deportación de un individuo”.

El acuerdo estipula una serie de requisitos que se deben cumplir para calificar:

  • Que sea titular de un TPS;
  • Tiene una orden de remoción emitida por la Corte de Inmigración o una agencia de inmigración;
  • Ha viajado fuera de Estados Unidos con permiso anticipado desde que se emitió la orden de deportación; y
  • Es elegible para presentar una solicitud de ajuste de estatus ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).
  • También incluye, entre otros, aquellos con un Formulario I-130 pendiente o aprobado presentado por un familiar inmediato que cumple con el estatus de “inspeccionado, admitido o en libertad condicional”.

Busque ayuda legal

“El acuerdo beneficia a todos aquellos titulares que fueron excluidos de la decisión de la Corte Suprema del año pasado, cuando los magistrados dictaminaron de forma unánime que las personas que ingresaron al país ilegalmente y tienen un estatus de protección especial, no son elegibles para pedir la residencia bajo esa designación”, explicó Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.

“Aquellos que tiene un permiso de viaje posterior al 20 de agosto de 2020 y una orden de deportación, califican para que ICE reabra sus casos, desestime la orden de expulsión y permita que solicite el ajuste de estatus si califica”, agregó.

El abogado de inmigración José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida, dijo que el acuerdo “da la oportunidad para que ciertos titulares de TPS puedan ir a la Oficina del Asesor Legal Principal de ICE (ICE OPLA) y solicitar que reabran su caso, se desestime el procedimiento de deportación y se de curso a una petición de ajuste de Estatus presentado por un familiar inmediato si este califica para este beneficio”.

“Todas las personas que tienen TPS y tienen una orden de deportación y puedan ajustar en base a este acuerdo, deberían buscar consejo legal inmediatamente para revisar su caso”, señaló. Y advirtió que este tipo de procedimientos “toma tiempo, es lento”.

Cómo se hará en proceso

El acuerdo estipula que la oficina de OPLA “considerará conforme al proceso establecido una solicitud de una moción conjunta para reabrir y una moción para desestimar la orden de deportación, “siempre que la solicitud se presenta a ICE OPLA durante el período correspondiente”.

Agrega que “dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor de este acuerdo”, USCIS publicará un aviso en su página digital “con instrucciones sobre cómo comunicarse con ICE OPLA cuando se presente una moción conjunta para reabrir un caso, así como una moción para desestimarlo”.

El anuncio se publicará en inglés, español, árabe, haitiano y cualquier otro idioma comúnmente utilizado por las personas que pueden beneficiarse de esta política, indica el acuerdo.

La corte dijo que la oficina de ICE OPLA “también actualizará su sitio web con instrucciones sobre cómo enviar las solicitudes de mociones conjuntas para reabrir y desestimar los casos, de conformidad con el acuerdo y en los idiomas señalados.

La Oficina del Asesor Legal Principal de ICE tendrá un plazo de entre 90 y 120 días para procesar las solicitudes.

Otros detalles del procedimiento

El acuerdo también explica que la oficina ICE OPLA trabajará con los representantes legales (de los titulares de TPS que califiquen) durante el período de validez del acuerdo. Y luego “presentará estos recursos ante los tribunales de inmigración”.

En el caso de extranjeros que no tengan asesoría legal, el acuerdo estipula que ICE OPLA “generalmente presentará la mociones con la corte, a menos que el inmigrante indique lo contrario”.

El tribunal también dijo que, dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del acuerdo, “CARECEN creará y
difundirá avisos informativos y paquetes ‘hágalo usted mismo’, incluida la plantilla (formulario) conjunta de moción de reapertura desarrollada por ICE OPLA en consulta con CARECEN, para facilitar el acceso a este proceso”.

Las partes también señalaron que la USCIS e ICE OPLA “publicarán en sus sitios web información sobre proveedores de servicios legales pro bono reconocidos por el Departamento de Justicia”.

A su vez, “ICE OPLA reiterará en su sitio web que no hay una tarifa asociada con la búsqueda de la discreción procesal”.

Por último, el acuerdo indica que “si se rescinde la orden de deportación de una persona, quienes ya hayan aplicado para ajustar el estatus con USCIS y ha sido denegado únicamente por falta de jurisdicción, o denegado únicamente por falta de jurisdicción e inadmisibilidad (cuando se dispuso de una renuncia, pero no se presentó o adjudicó por el motivo renunciable de inadmisibilidad), puede presentar un nuevo Formulario I-485”.

También puede reabrir su solicitud denegada para el ajuste de estatus con USCIS, si es oportuno, señala el acuerdo.

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